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Cuánto hay que ganar para poder comprar una casa nueva en cada región de Chile en 2025

Fecha: 2025-04-30 | Autor: adn radio

Cuánto hay que ganar para poder comprar una casa nueva en cada región de Chile en 2025
Adquirir una casa nueva en Chile sigue siendo un desafío, especialmente en regiones donde los precios han registrado importantes alzas en los últimos años. Un estudio de la consultora Tinsa reveló cuánto ingreso mensual se necesita acreditar en 2025 para optar a un crédito hipotecario en diferentes ciudades del país. La estimación considera un crédito a 25 años plazo, una tasa de interés del 4,4% y un pie del 20%, sin subsidios. Te contamos los ingresos requeridos, ordenados de menor a mayor precio promedio: Más información ¿Dónde se necesita ganar menos? Los Andes (Región de Valparaíso): Para comprar una casa nueva que cuesta en promedio 2.577 UF, se requiere un ingreso mensual de $2.380.692. Quillota (Región de Valparaíso): Los precios promedian las 2.873 UF, exigiendo un ingreso de $2.649.827. Ovalle (Región de Coquimbo): El valor promedio alcanza las 3.080 UF y se necesita ganar alrededor de $2.878.189. Ingresos medios necesarios Villarrica (Región de La Araucanía): Una casa nueva cuesta en promedio 3.480 UF, con un ingreso requerido de $3.177.495. Osorno (Región de Los Lagos): Con un precio promedio de 3.447 UF, se solicita un ingreso de $3.221.145. Talca (Región del Maule): Aquí las casas cuestan cerca de 3.471 UF, y se requiere $3.243.525 al mes. Otras ciudades como Chiguayante, San Esteban y San Pedro de la Paz también se ubican en esta categoría, con ingresos que rondan entre los $3.277.800 y $3.690.084. ¿Dónde se necesita ganar más para comprar? En las ciudades de mayor demanda y desarrollo inmobiliario los sueldos requeridos son significativamente más altos: Viña del Mar (Región de Valparaíso): El precio promedio de una casa nueva alcanza las 4.875 UF, exigiendo un ingreso de $4.557.360. Antofagasta (Región de Antofagasta): Para una propiedad promedio de 4.896 UF, se necesita acreditar $4.576.678 mensuales. La Serena (Región de Coquimbo): Los precios suben a 6.384 UF, lo que implica ganar $5.969.541 al mes. En zonas como Talcahuano y Puerto Varas, los valores son aún mayores, superando los $6.600.000 de ingreso requerido. Esta es comuna es la más cara de Chile: El caso más llamativo es el de Concón, en la Región de Valparaíso. Allí, las casas nuevas tienen un precio promedio de 14.504 UF. Para comprar una propiedad en esta comuna se debe acreditar un ingreso mensual de $13.551.940, el más alto del país. Concón destaca por su calidad de vida, alta conectividad y demanda creciente, factores que han impulsado sus valores inmobiliarios muy por encima del promedio.

Giro de Trump desata la euforia: Wall Street logra histórico despegue y bolsa chilena anota su mayor alza desde 2022

Fecha: 2025-04-09 | Autor: Emol

Giro de Trump desata la euforia: Wall Street logra histórico despegue y bolsa chilena anota su mayor alza desde 2022
El principal índice de la bolsa chilena saltó con fuerza 4,33%, siendo la acción de SQM la que lideró el repunte. Un histórico despegue logró Wall Street este miércoles luego del inesperado giro que dio la administración de Donald Trump en su guerra comercial. Es que Washington pausó durante 90 días los aranceles sobre sus socios comerciales, exceptuando a China, al cual le aplicó un impuesto a las importaciones del 125%. Los tres principales índices de Wall Street se fueron a las nubes. El S&P 500 experimentó un repunte inédito tras una ola de ventas que eliminó billones de dólares de los precios globales de las acciones, en medio del espectro de una guerra comercial a gran escala que alimentó los temores de una recesión en Estados Unidos. El índice de referencia bursátil se disparó un 9,5%, su mayor alza desde la crisis financiera mundial en 2008, mientras que el Nasdaq 100 subió un 12%, presa de la euforia que se apoderó de los mercados tras cuatro días de intensas operaciones con un alto volumen, al igual que el Dow Jones que subió un 7,87%. Y la fiesta también se celebró en la bolsa chilena. Su principal índice, el IPSA, saltó con fuerza 4,33% hasta los 7.473,43 puntos, su mayor alza desde el 2 de septiembre de 2022. Los papeles que lideraron la escalada fueron SQM-B (10,9%), Vapores (5,98%), CCU (5,22%) y Banco de Chile (4,84%). "Este repunte en los índices ha borrado casi por completo las pérdidas provocadas por el anuncio de aranceles de represalia de la semana pasada", sostuvo Diego Mora, gerente de estudios de XTB Latam. "La semana ha sido una montaña rusa, y sabemos que una cosa es segura: si hay alguna certeza en la inversión, esa certeza es que a los mercados y a los inversores no les gusta la incertidumbre", dijo a Bloomberg Ryan Nauman de Zephyr. "Eso es lo que hemos visto: los aranceles han sido impredecibles. Y ahora estamos viendo el repunte de hoy, que creo que es realmente un repunte de alivio, comprando en la caída". Los bonos del Tesoro estadounidense volvieron tímidamente a la normalidad, ya que los inversores abandonaron los activos refugio por temor a perderse el gran repunte del riesgo. Los rendimientos de los bonos estadounidenses a dos años superaron brevemente el 4%, ya que los operadores redujeron las expectativas de recortes de tipos de la Reserva Federal este año. Ante la volatilidad de las sesiones anteriores, algunos analistas del mercado aconsejaron cautela al interpretar demasiado el panorama alcista. Las amenazas arancelarias de Trump podrían haber causado un daño duradero a la planificación corporativa y deteriorado las relaciones internacionales hasta el punto de que el crecimiento económico mundial sigue en duda. "La pausa de 90 días es una señal alentadora de que las negociaciones con la mayoría de los países han sido productivas", afirmó Mark Hackett de Nationwide. "También aporta la estabilidad tan necesaria a un mercado sacudido por la incertidumbre. Dicho esto, aún no estamos fuera de peligro. Evite la tentación de perseguir el impulso y controle sus emociones". Fuente: Emol.com - https://www.emol.com/noticias/Economia/2025/04/09/1163096/trump-bolsas-giro-aranceles.html

Subsidio al dividendo: Se amplía cobertura de hipotecarios de hasta 3 mil UF que recibirán el beneficio

Fecha: 2025-03-28 | Autor: Por Leonardo Núñez

Subsidio al dividendo: Se amplía cobertura de hipotecarios de hasta 3 mil UF que recibirán el beneficio
Proyecto fue despachado al Senado para su 2° trámite constitucional. También se extendió, de 12 a 24 meses, el plazo para solicitar financiamientos con las nuevas condiciones que ofrecerá la ley. El esperado proyecto de subsidio al dividendo fue despachado al Senado, para cumplir con su 2° trámite constitucional, con un transversal respaldo de la Sala de la Cámara de Diputados. De esta manera, la iniciativa está cada vez más cerca de convertirse el Ley. En su paso por la Comisión de Hacienda de la Cámara se le introdujeron cambios a su cuerpo legal para ampliar su alcance. Se subió, de cinco a seis mil, la cantidad de subsidios que se destinarán para primeras viviendas de hasta 3.000 UF. Para ello, las y los postulantes deberán cumplir con las normas del Sistema Integrado de Subsidio Habitacional y de la presente ley. También se extendió, de 12 a 24 meses, el plazo para solicitar financiamientos con las presentes condiciones, después de publicada esta ley en el Diario Oficial. Además, se agregó una disposición que obliga a las instituciones financieras a informar sobre el monto total de subsidios vigentes. Asimismo, sobre otros antecedentes que permitan verificar su adecuado funcionamiento. La propuesta, que surgió de una mesa conformado entre el Ministerio de Hacienda, la Cámara Chilena de la Construcción y la banca, busca reactivar las ventas del sector inmobiliario y facilitar la adquisición de la vivienda propia para personas naturales. “En los últimos 20 años, el acceso a la vivienda se ha postergado, casi triplicándose el periodo de ahorro. Entre las causas se encuentra una creciente tasa de los créditos hipotecarios, en un contexto de alta incertidumbre global. Este hecho también ha afectado al sector inmobiliario que acumula un stock que superó las 100 mil viviendas en 2024”, indica la justificación del proyecto. En concreto, el proyecto establece un subsidio a la tasa de interés hipotecario para la adquisición de viviendas nuevas. Además, introduce modificaciones al Fondo de Garantía Estatal (Fogaes) y establece modificaciones a Ley 19.281, sobre Arrendamiento de Viviendas con Promesa de Compraventa. Al momento de votarse, el proyecto se aprobó en general por 115 votos a favor y 8 abstenciones. También se respaldó una indicación que eliminó una mención a personas jurídicas, para remarcar que el destino del beneficio es para personas naturales. DATOS –El proyecto establece un subsidio a la tasa de interés hipotecaria de 60 puntos base para personas naturales. El beneficio se entregará conjuntamente con una garantía estatal, con el objetivo de conseguir una baja de interés aún mayor al monto subsidiado. –El beneficio no será aplicable a compraventas de promesas celebradas con anterioridad al 31 de diciembre de 2024, ni a créditos hipotecarios que sean novados. –Se entregarán hasta 50.000 subsidios, a personas naturales. Para acceder al beneficio los requisitos son: que se trate de la primera venta efectuada sobre la vivienda, que su valor no supere las 4.000 UF y que el comprador cumpla con los requisitos para acceder al Programa de Garantías Apoyo a la Vivienda Nueva.

Comisión de Hacienda aprobó en particular el proyecto de subsidio al dividendo y lo despachó a Sala

Fecha: 2025-03-25 | Autor: Fegi

Comisión de Hacienda aprobó en particular el proyecto de subsidio al dividendo y lo despachó a Sala
La subsecretaria de Hacienda, Heidi Berner, destacó que “la discusión en esta Comisión permitió fortalecer el proyecto en distintos aspectos. Por ejemplo, se amplió la vigencia de los beneficios de 12 a 24 meses o hasta que se otorguen los 50.000 subsidios a la tasa del crédito hipotecario y se aumentaron a 6.000 los cupos para personas que cuentan con subsidio para compra de primera vivienda del Ministerio de Vivienda y Urbanismo”. La Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados y Diputadas aprobó hoy en particular el proyecto de ley que establece un subsidio a la tasa de interés hipotecaria para la adquisición de viviendas nuevas económicas y amplía la cobertura de la garantía fiscal al financiamiento de la vivienda (Boletín Nº17.368-05). La iniciativa busca disminuir el stock de viviendas y producir por esta vía un efecto reactivador, a la vez que mejorar el acceso y las condiciones de financiamiento para adquirir una vivienda. De esta forma, el proyecto pasará a la discusión en la sala de la Cámara, para luego seguir su segundo trámite en el Senado. En general, el proyecto busca inducir una demanda de 20.000 viviendas, por sobre las 30.000 compraventas anuales que se registran en promedio en los últimos periodos, mejorando el acceso a los créditos hipotecarios para que las personas naturales adquieran viviendas, además de complementar el plan de emergencia habitacional a través del DS15 y otros beneficios impulsados por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu). El subsidio a la tasa de interés hipotecaria asciende 60 puntos base y se entregará conjuntamente con una garantía estatal, a fin de conseguir una baja en la tasa de interés mayor al monto subsidiado. Este beneficio no será aplicable a compraventas de promesas celebradas con anterioridad al 31 de diciembre de 2024 ni a créditos renovados. La subsecretaria de Hacienda, Heidi Berner, destacó: “La discusión que se dio en esta Comisión permitió fortalecer el proyecto en distintos aspectos. Por ejemplo, se amplió la vigencia de los beneficios de 12 a 24 meses o hasta que se otorguen los 50.000 subsidios a la tasa del crédito hipotecario (lo que ocurra primero) y se aumentaron a 6.000 los cupos para personas que cuentan con subsidio habitacional para primera vivienda del Ministerio de Vivienda y Urbanismo”. También hizo hincapié en la necesidad de agilizar la tramitación del proyecto, ya que muchas personas podrían estar postergando su decisión de comprar o invertir en una vivienda a la espera de que salga la ley: “Hay muchas personas esperando obtener este subsidio de tasa para completar un crédito; muchas empresas esperando vender sus casas y departamentos para iniciar nuevos proyectos; y muchas personas esperando que se reactive la construcción para recuperar su empleo. Por eso esperamos que el proyecto se vote en la Sala de la Cámara la próxima semana para iniciar prontamente el segundo trámite legislativo”. Para elaborar este proyecto de ley se consideró el diagnóstico recogido en varios estudios, como uno de la Cámara Chilena de la Construcción según el cual una familia de ingresos promedio debe ahorrar más de 11 años para comprar una propiedad, lo que ha significado que, en los últimos 20 años, el acceso a la vivienda se ha postergado dramáticamente, casi triplicando el periodo de ahorro. A esto se suma que los meses para agotar la oferta disponible (velocidad de venta) en 2024 promedió 31, marcando un máximo en los últimos 20 años. Por otra parte, la tasa de interés para créditos hipotecarios (anual reajustable en UF) subió desde su nivel mínimo de 1,99% en noviembre de 2019 a un peak de 5,21% -de los últimos 14 años- en diciembre de 2023. En febrero de 2025 la tasa se ubicaba en 4,45%, en medio de la alta incertidumbre global. Alcances y requisitos El proyecto de ley contempla la entrega de 50.000 subsidios para personas naturales, siempre que: • se trate de la primera venta efectuada sobre la vivienda. • el valor de la vivienda no supere las 4.000 UF. • se cumpla con los requisitos para acceder al Programa de Garantías de Apoyo a la Vivienda Nueva, de conformidad al artículo sexto transitorio de la Ley Nº 21.543 que crea un Fondo de Garantías Especiales. Del total de subsidios, 6.000 serán para primeras viviendas de hasta 3.000 UF que cumplan con los requisitos del Decreto Supremo Nº15, en línea con el Plan de Emergencia Habitacional del Ministerio de Vivienda. Además, se crea un nuevo programa de apoyo a la vivienda al alero del Fondo de Garantías Especiales (Fogaes), con una cobertura de hasta 60% del valor de la vivienda, por lo que se espera un mayor impacto que el programa de vivienda anterior (que tenía solo 10% de garantía); y la garantía tendrá una duración equivalente a la mitad de la duración del crédito, con un máximo de 15 años y un mínimo de 5. También se crea un Programa de Garantías de Recuperación Productiva Regional, al alero del Fogaes, como un mecanismo de largo aliento para apoyar la reactivación de regiones rezagadas, partiendo por dar respuesta a la situación de la Región del Biobío, especialmente de las medianas empresas afectadas por el cierre de Huachipato. Este Fondo no podrá garantizar más del 80% del saldo deudor, ni garantizar financiamientos que excedan las 250.000 UF, de conformidad con lo estipulado en el reglamento respectivo; y el plazo de la garantía del Fondo no podrá superar 12 años, sin perjuicio del plazo del financiamiento por el cual se otorgue. Solo se otorgarán financiamientos con estas condiciones hasta el 31 de diciembre de 2028 (vía indicación se amplió el plazo para permitir su aplicación en otras regiones), siempre que haya uno o más decretos vigentes. Para ello, los ministerios de Hacienda y Economía, Fomento y Turismo deberán revisar periódicamente (no más allá de tres años) si alguna región requiere reactivación productiva, considerando factores como empleo, ingresos e inversión. Para estos efectos, se podrán considerar también efectos en la economía regional por desastres naturales.

Declaración Jurada 1835 y DDJJ 1828: Todo lo que debes saber

Fecha: 2025-03-24 | Autor: Fegi

Declaración Jurada 1835 y DDJJ 1828: Todo lo que debes saber
Comenzó la Operación Renta y existen más de 63 tipos de declaraciones juradas a presentar, ¡pero no te asustes! ¿Qué debes saber de la Declaración Jurada 1835 y 1828? Lo más probable es que no tengas que presentar todos estos formularios. Siempre es valioso ampliar el conocimiento tributario, ya que cada contribuyente debe presentar las declaraciones juradas correspondientes a sus movimientos de acuerdo al año comercial a tributar durante la Operación Renta Anual. Como no podemos hablar de todas las declaraciones juradas en un solo artículo, en este nos dedicaremos exclusivamente a hablar sobre la Declaración Jurada 1835 y 1828. ¡Sigue leyendo y conócelas!. Comenzó la Operación Renta y existen más de 63 tipos de declaraciones juradas a presentar, ¡pero no te asustes! ¿Qué debes saber de la Declaración Jurada 1835 y 1828? Lo más probable es que no tengas que presentar todos estos formularios. Siempre es valioso ampliar el conocimiento tributario, ya que cada contribuyente debe presentar las declaraciones juradas correspondientes a sus movimientos de acuerdo al año comercial a tributar durante la Operación Renta Anual. Como no podemos hablar de todas las declaraciones juradas en un solo artículo, en este nos dedicaremos exclusivamente a hablar sobre la Declaración Jurada 1835 y 1828. ¡Sigue leyendo y conócelas! Tabla de Contenido ¿En qué consiste la Declaración Jurada 1835? ¿Quiénes deben presentar la Declaración Jurada 1835? ¿Qué información debe contener la Declaración Jurada 1835? ¿En qué consiste la Declaración Jurada 1828? ¿Qué información debe contener la Declaración Jurada 1828? ¿Hasta cuándo se pueden presentar las DDJJ 1835 y 1828? Recomendaciones para cumplir con las DDJJ 1835 y 1828 ¿En qué consiste la Declaración Jurada 1835? La Declaración Jurada 1835 es la Declaración Jurada Anual sobre bienes raíces arrendados. ¿Quiénes deben presentar la Declaración Jurada 1835? Debe ser presentada por: Corredores de propiedades; Personas que hubieren entregado en arriendo —por cuenta de terceros— bienes raíces agrícolas y no agrícolas, cuyo avalúo fiscal sea igual o superior a $30 millones o que la suma de todos los avalúos fiscales de los bienes arrendados esté asociada a una sola persona arrendadora y supere los $50 millones, y que su participación figure en la suscripción del contrato de arrendamiento; Contribuyentes de la Primera Categoría que reciban rentas señaladas en el artículo 20 de la Ley sobre impuesto a la renta; Servicios y órganos públicos señalados en el inciso segundo del artículo 1º de la ley Nº 18.575, que han arrendado bienes raíces agrícolas y no agrícolas para el desarrollo de su actividad, en los que el avalúo fiscal de los mismos sea igual o superior a $30 millones o que la suma de los avalúos fiscales de los bienes arrendados asociada a un misma persona supere los $50 millones, y cuando el contrato de arrendamiento no haya sido suscrito por un corredor de propiedades u otra persona actuando como arrendador en virtud de un mandato. Si entras dentro de unos criterios, ¡necesitas presentar esta declaración! ¿Qué información debe contener la Declaración Jurada 1835? Para completar la Declaración Jurada 1835, se debe tener en cuenta el instructivo que entrega el Servicio de Impuestos Internos, ya que en este material encontrarás los detalles del llenado, de acuerdo al formulario disponible para completar la información. Ahora bien, esta DDJJ se debe completar de acuerdo a en las siguientes secciones: Sección A: Señala la identificación del declarante — arrendatarios de bienes raíces, corredores de propiedades o intermediario Rol Único Tributario (RUT). Nombre o razón social. Domicilio Postal. Comuna. Correo Electrónico. Número de Fax. Número de Teléfono. Sección B: Datos de los bienes raíces y sus propietarios o usufructuarios: Indica el Número de bienes raíces. Rol del bien raíz . Comuna de la Propiedad. Usufructuario del bien raíz. RUT del Arrendatario. Monto arriendo. Período al cual corresponde el arriendo. Indicar si está amoblado. Destino del Arriendo del bien raíz. Indicar si corresponde al DFL N°2. Indicar la naturaleza del bien raíz. Finalmente, incluye un cuadro resumen con el total de los casos informados y el monto total de los arriendos. ¿En qué consiste la Declaración Jurada 1828? La Declaración Jurada 1828, corresponde a la “Declaración Jurada Anual del estado de ingresos y usos de donaciones recibidas, conforme a la Ley N° 19.712, sobre Donaciones Deportivas y Ley N° 19.885 sobre Donaciones con Fines Sociales y artículo 8 de la Ley 18.985 (modificada por la Ley 20.675), sobre Donaciones con Fines Culturales”. Esta declaración jurada está destinada a aquellas instituciones que reciban y/o hagan uso de donaciones con fines deportivos, sociales y/o culturales de proyectos aprobados desde el año 2014. Para realizar esta declaración, se debe considerar la normativa conforme a lo dispuesto en los artículos 62 y siguientes de la Ley N° 19.712 del deporte, en el artículo 2 y 8 de la Ley N° 19.885, que incentiva y norma el buen uso de donaciones que dan origen a beneficios tributarios y los extiende a otros fines sociales y públicos, y en el artículo 25 del D.S. N° 77, del SII, que aprueba el Reglamento del Fondo Mixto de Apoyo Social y de las Donaciones con Fines Sociales, sujetas a los beneficios tributarios contemplados en la Ley N° 19.885. Al completar la Declaración Jurada 1828, se deben considerar los siguientes aspectos : Verificar las instituciones que son donatarias o beneficiarias. Los contribuyentes que se encuentran destinados a cumplir con la declaración jurada son instituciones, corporaciones, organizaciones deportivas y fundaciones. Se debe analizar el derecho de los beneficios sobre donaciones. La presentación de la información de la Declaración Jurada N°1828 se deberá enviar por medio de canales electrónicos. El servicio de Impuestos Internos cuenta con canales informativos para poder realizar cualquier tipo de consulta durante su llenado. La Declaración Jurada 1828 incluye 3 certificados asociados, los cuales se encuentran identificados de acuerdo al tipo de institución que recibe o entrega la donación: Certificado N° 25: “acredita donaciones para fines sociales, según artículos 1 y 1 BIS de la Ley Nº 19.885”. El SII deja a disposición el formato y las instrucciones correspondientes. Certificado N° 28: “acredita donaciones efectuadas al fondo mixto de apoyo social, según artículo 1 de la Ley N° 19.885”. El SII deja a disposición el formato y las instrucciones correspondientes. Certificado N° 40: “acredita donaciones efectuadas con fines culturales, según artículo 8 de la Ley N° 19.885”. El SII deja a disposición el formato y las instrucciones correspondientes. ¿Qué información debe contener la Declaración Jurada 1828? Para completar la Declaración Jurada 1828, se debe tener en cuenta el instructivo que entrega el Servicio de Impuestos Internos, ya que en este material encontrarás los detalles del llenado, de acuerdo al formulario disponible para completar la información. Ahora bien, esta DDJJ contiene 5 secciones, las cuales son: Sección A: identificación del beneficiario o donatario. Rol Único Tributario (RUT). Nombre o razón social. Domicilio Postal. Comuna. Correo Electrónico. Número de Fax. Número de Teléfono. Sección B: estado de ingresos. Identificación del Proyecto. Ingresos por donaciones recibidas. Antecedentes del donante. Destino de las donaciones deportivas. Sección C: uso de las donaciones Uso de las donaciones (tipo). Proveedor o prestador del servicio. Sección D: antecedentes adicionales, estado de ingresos y usos. Rentabilidad anual generada por la Comisión de confianza (Donaciones Deportivas). Saldo de donaciones del ejercicio anterior. Total de casos informados. Sección E: identificación de Directores. RUT del Director. Fecha de Ingreso. Fecha de Retiro ¿Hasta cuándo se pueden presentar las DDJJ 1835 y 1828? Si bien las declaraciones juradas tienen una fecha de vencimiento para ser presentadas ante el Servicio de Impuestos Internos, estas se podrán presentar fuera de plazo en caso que el contribuyente tenga algún inconveniente y no pueda cumplir con dicha obligación. Sin embargo, se debe asumir que hay efectos de infracciones y se sufrirán multas. Recuerda que los plazos finales para estas declaraciones son: DJ 1835 - 25 de marzo: La Declaración Jurada 1835 debe presentarse al SII hasta el 25 de marzo de cada año, informando sobre los bienes raíces arrendados durante el año calendario anterior. DJ 1828 - 26 de marzo: Este plazo aplica a las instituciones que recibieron y/o utilizaron donaciones durante el año calendario anterior. Para cumplir con esta fecha, es fundamental contar con un sistema eficiente de registro y control de las donaciones. Recomendaciones para cumplir con las DDJJ 1835 y 1828 Para evitar problemas con el SII y asegurar el cumplimiento de tus obligaciones tributarias, te recomendamos lo siguiente: Organiza tus registros: Mantén un control detallado de los contratos de arriendo o de las donaciones recibidas y su utilización. Revisa la normativa vigente: Asegúrate de estar al tanto de los cambios en las leyes y regulaciones tributarias aplicables. Usa sistemas de gestión contable: Los softwares especializados pueden ayudarte a automatizar el proceso de recopilación de datos y elaboración de las declaraciones. Consulta a un experto: Si tienes dudas sobre el llenado o presentación de estas declaraciones, recurre a un contador o asesor tributario. Presenta las declaraciones a tiempo: Cumplir con los plazos establecidos evitará sanciones y facilitará la planificación tributaria. Si no quieres sufrir multas, es importante tener la contabilidad organizada para cumplir con los plazos establecidos. Además, es importante que aprendas a cómo llenar las Declaraciones Juradas Finalmente, para que no pases por alto cumplir con tus obligaciones tributarias y estar al tanto de toda la información que necesitas para la Operación Renta, con respecto a las declaraciones juradas de renta a presentar

Guía Completa para Arrendar una Propiedad en Chile: Todo lo que Necesitas Saber

Fecha: 2025-03-09 | Autor: FEGI

Guía Completa para Arrendar una Propiedad en Chile: Todo lo que Necesitas Saber
Arrendar una propiedad en Chile es un proceso fundamental para los propietarios que buscan generar ingresos pasivos. Sin embargo, muchas veces este proceso puede parecer complicado, sobre todo si no se cuenta con la información adecuada. En esta guía te enseñamos todos los pasos a seguir para arrendar tu propiedad de manera eficiente y segura, asegurando una relación positiva entre arrendador e inquilino. 1. ¿Qué Documentos Necesitas para Arrendar una Propiedad? Para arrendar una propiedad en Chile, como propietario debes contar con ciertos documentos fundamentales. Entre los más comunes se encuentran: Cédula de identidad del arrendador. Certificados de dominio de la propiedad. Documentos del arrendatario: generalmente, se solicita una comprobante de ingresos (como liquidaciones de sueldo o declaraciones de impuestos), antecedentes comerciales y certificados de buen comportamiento. 2. El Contrato de Arriendo: Aspectos Clave El contrato de arriendo es el acuerdo legal entre arrendador e inquilino y debe ser redactado cuidadosamente para evitar conflictos. Algunos de los aspectos más importantes incluyen: Duración del contrato: se recomienda fijar una duración inicial de 1 año, con opción de renovación. Valor de arriendo y reajustes: debe indicarse el monto mensual a pagar, las condiciones de pago y si existe un reajuste anual según el IPC. Depósito de garantía: un mes de arriendo es lo común, para cubrir daños a la propiedad. 3. Derechos y Deberes de Ambas Partes Los arrendadores deben asegurarse de que la propiedad esté en condiciones óptimas para el arrendamiento, mientras que los arrendatarios tienen la obligación de cuidar el inmueble y pagar puntualmente. Ambos deben cumplir con las normas del contrato y respetar las leyes sobre arrendamientos.

¿Cómo Calcular el Precio de Venta de una Propiedad? Consejos para Vendedores

Fecha: 2025-03-09 | Autor: FEGI

¿Cómo Calcular el Precio de Venta de una Propiedad? Consejos para Vendedores
Uno de los aspectos más críticos al momento de vender una propiedad es establecer su precio de venta. Un precio adecuado puede hacer que la venta se concrete rápidamente, mientras que un precio elevado o demasiado bajo podría generar problemas. En este artículo te explicamos cómo calcular el precio de venta de tu propiedad basándote en factores clave. 1. Análisis de Mercado: El análisis de mercado es crucial para determinar el valor adecuado de una propiedad. Esto incluye estudiar: Precios de propiedades similares en la misma área. Condiciones del mercado: Si el mercado es comprador o vendedor, lo que puede influir en los precios. Plusvalía: El historial de valorización de propiedades en la zona ayuda a proyectar el valor futuro. 2. Características de la Propiedad: El precio también depende de las características específicas de la propiedad. Ten en cuenta: Superficie útil y total: Las propiedades más grandes suelen tener un precio más alto, aunque depende de la ubicación. Estado de conservación: Si la propiedad está recién renovada o bien mantenida, puedes justificar un precio más alto. Servicios y comodidades: Ascensores, terrazas, estacionamiento, jardines, entre otros, aumentan el valor de una propiedad. 3. ¿Cómo Realizar una Tasación Correcta? Si no estás seguro de cómo fijar el precio, contratar un tasador profesional o utilizar herramientas online confiables puede ser útil. Un tasador evalúa todos los factores mencionados y entrega un informe detallado sobre el valor de tu propiedad.

Límite de 50 transferencias en Chile: este es el grupo de afectados del primer informe de enero de 2025

Fecha: 2025-03-09 | Autor: Fegi

Límite de 50 transferencias en Chile: este es el grupo de afectados del primer informe de enero de 2025
Desde enero de 2025, entra en vigor el primer reporte semestral de la Ley de Cumplimiento Tributario, también conocida como la Ley Antievasión, que establece un control más estricto sobre las transferencias bancarias en Chile. La normativa obliga a los bancos a informar al Servicio de Impuestos Internos (SII) sobre las cuentas que hayan recibido más de 50 transferencias de diferentes personas en un mes o más de 100 transferencias de distintos emisores en un semestre. Este es el grupo de afectados del primer informe de enero de 2025 La ley tiene como objetivo principal regular a quienes realizan actividades económicas informales o no declaradas. Según explican expertos, los principales grupos afectados son: Personas con actividades comerciales no registradas, vendedores informales de productos o servicios y trabajadores informales que realizan “pitutos”. Aurora Sepúlveda, contadora y especialista en finanzas, explica que esta ley busca fomentar la formalización de las actividades económicas y aumentar la recaudación fiscal. “Si bien la fiscalización no es nueva, ahora las reglas son más claras para evitar que las personas evadan sus responsabilidades tributarias”, señaló. ¿Qué exenciones contempla la normativa? El SII ha detallado algunos casos en los que la obligación de reporte no aplica. Entre ellos se encuentran: tesoros de curso, clubes deportivos o actividades comunitarias; recaudaciones para actividades solidarias o familiares; pagos de servicios comunes organizados por comunidades y rifas realizadas por establecimientos educacionales.

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Fecha: 2025-03-09 | Autor: Fegi

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Cómo la Inteligencia Artificial está Transformando la Búsqueda de Propiedades en Chile

Fecha: 2025-03-09 | Autor: Fegi

Cómo la Inteligencia Artificial está Transformando la Búsqueda de Propiedades en Chile
La búsqueda de propiedades ya no es lo que era hace algunos años. Gracias a la tecnología y, en especial, a la inteligencia artificial (IA), ahora puedes encontrar la casa, departamento o parcela de tus sueños con mayor rapidez, precisión y comodidad. En FEGI Gestión Inmobiliaria, nos enorgullece estar a la vanguardia de estas herramientas para ofrecerte una experiencia más inteligente y personalizada. 1. ¿Qué es la IA en el mercado inmobiliario? La inteligencia artificial es la capacidad de las máquinas para procesar datos, aprender de ellos y tomar decisiones. En el sector inmobiliario, esto significa: - Analizar grandes cantidades de información sobre propiedades. - Ofrecer recomendaciones basadas en tus preferencias. - Mejorar los procesos de búsqueda y gestión. Ejemplo: En FEGI, usamos tecnología avanzada para entender exactamente lo que necesitas, desde el precio y ubicación hasta detalles más específicos, como si prefieres una casa con jardín o un departamento cerca del centro. 2. Búsquedas más inteligentes y rápidas Olvídate de perder horas navegando por páginas interminables de propiedades. La IA puede: - Filtrar propiedades automáticamente según tu presupuesto, ubicación y preferencias. - Predecir lo que necesitas basándose en lo que otros clientes con gustos similares han buscado. - Actualizarte al instante si aparece una nueva propiedad que se ajusta a tus necesidades. 3. Experiencia personalizada con chatbots inteligentes En FEGI, contamos con un asistente virtual que te acompaña durante toda tu búsqueda: - Responde tus preguntas al instante, como: "¿Qué propiedades tienen disponibles en Quillota?" - Te ayuda a agendar visitas en solo unos clics. - Envía detalles sobre propiedades destacadas directamente a tu correo o WhatsApp. 4. Tasaciones más precisas con IA La inteligencia artificial también es clave para determinar el valor real de una propiedad: - Analiza datos del mercado, tendencias recientes y características específicas del inmueble. - Ofrece una tasación objetiva y justa, ideal para quienes desean vender o arrendar. Ejemplo real: Si tienes una parcela en La Cruz, la IA puede determinar cuánto ha aumentado su valor en el último año y sugerir el mejor precio para su venta. 5. Predicción de mercados: ¿Dónde invertir? Gracias al análisis de datos masivos, la IA puede predecir qué áreas tienen mayor potencial de crecimiento. Comunas como Quillota, La Cruz y otras zonas de la Quinta Región están destacando como puntos clave para quienes buscan invertir. 6. ¿Por qué elegir FEGI para una experiencia tecnológica? En FEGI Gestión Inmobiliaria, combinamos nuestra experiencia en el mercado con las últimas herramientas de inteligencia artificial para: - Brindarte una experiencia más ágil y eficiente. - Ahorrar tiempo en la búsqueda de propiedades. - Garantizar transparencia y confianza en cada transacción. Conclusión: La inteligencia artificial no solo está transformando la manera en que buscamos propiedades, sino también cómo las compramos, arrendamos o vendemos. Con FEGI, tienes la ventaja de contar con tecnología avanzada y un equipo comprometido en hacer que tu experiencia sea excepcional. www.fegigestioninmobilliaria.cl

Guía completa para arrendar un departamento en la Quinta Región

Fecha: 2025-03-09 | Autor: Fegi

Guía completa para arrendar un departamento en la Quinta Región
La Quinta Región ofrece una variedad de opciones para quienes buscan arrendar un departamento, desde las vibrantes calles de Valparaíso hasta los tranquilos rincones de Quillota y La Cruz. Si quieres encontrar el hogar perfecto sin complicaciones, esta guía es para ti. 1. Define tu presupuesto y necesidades El primer paso es tener claro qué estás buscando: - Presupuesto: Considera el arriendo, los gastos comunes y servicios básicos. - Ubicación: Piensa en tus necesidades diarias: ¿Cercanía al trabajo, colegios o transporte público? 2. Investiga las comunas más populares Cada comuna tiene su propia personalidad: - Valparaíso: Perfecto para quienes disfrutan de una vida cultural activa. - Viña del Mar: Ideal para parejas jóvenes y familias, con un equilibrio entre modernidad y tranquilidad. - Quillota y La Cruz: Para quienes buscan tranquilidad, áreas verdes y precios más accesibles en un entorno residencial. Dato: En FEGI, conocemos cada rincón de la región y podemos asesorarte en la comuna que mejor se adapte a tu estilo de vida. 3. Haz visitas y revisa detalles clave Antes de firmar un contrato, verifica: - Estado del departamento: Revisa cañerías, sistemas eléctricos y electrodomésticos si están incluidos. - Seguridad: Pregunta por medidas de seguridad en el edificio. - Servicios adicionales: Algunos edificios incluyen gimnasios, piscinas o salas multiuso. 4. Contratos claros y sin sorpresas Lee detenidamente el contrato de arriendo: - Asegúrate de que todos los términos sean claros, desde el precio hasta las condiciones de salida. - Exige que las condiciones del inmueble queden por escrito en un informe inicial. Tip FEGI: Con nosotros, siempre tendrás contratos transparentes y la opción de firmar digitalmente. 5. ¿Por qué arrendar con FEGI? En FEGI Gestión Inmobiliaria: - Te conectamos con propiedades de confianza en toda la Quinta Región, incluyendo Quillota y La Cruz. - Evaluamos a los arrendadores para garantizar procesos seguros. - Ofrecemos asesoría personalizada durante todo el proceso. www.fegigestioninmobiliaria.cl

LEY DEL MONO 2023 – 2024 O ley 20.898 (VIGENTE hasta 2025)

Fecha: 2025-03-09 | Autor: Fegi

LEY DEL MONO 2023 – 2024 O ley 20.898 (VIGENTE hasta 2025)
El 25 de abril de 2023 entró en vigencia la extensión de la lay 20.898 o «Ley del Mono», la que establece un procedimiento simplificado para la regularización de edificaciones autoconstruidas que no tengan recepción definitiva, estará vigente hasta el 31 de diciembre del año 2025 Estado actual ley del mono: VIGENTE ¿Qué es la ley del mono o ley 20.898? La ley 20.898, comúnmente conocida como ley del mono, es un procedimiento simplificado para los permisos de edificación, esto permite a los propietarios de una vivienda o edificación que no cuente con recepción definitiva, total o parcial, emplazada en áreas urbanas o rurales, obtener los permisos de edificación y de recepción definitiva. Se aplica tanto a viviendas como a microempresas inofensivas y equipamiento social Puedes revisar la ley 20.898 en el siguiente enlace de la biblioteca del Congreso Nacional de Chile BCN. Ley del mono: ¿Cuál es la vigencia? La ley 20.898 o ley del mono estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2025. Ley del mono: ¿Qué requisitos se deben cumplir? Para poder comenzar con el trámite, es fundamental que la vivienda cumpla con las siguientes características: - Válido para viviendas de áreas urbanas y rurales - Haber sido construida antes de la promulgación de esta ley (febrero del año 2016) - No debe estar emplazada en áreas de riesgo o protección, en terrenos declarados de utilidad pública o en bienes nacionales de uso público. Si son de áreas urbanas, deberá estar ubicada en suelo que admita el uso residencial. - No tener reclamaciones pendientes por incumplimiento de normas urbanísticas en la DOM o juzgados de policía local. - Cumplir con las normas de seguridad, habitacional y estabilidad descritos en la OGUC. Para el caso de viviendas, debe cumplir con alguna de las siguientes: - Superficie menor a 90 m2 y avalúo fiscal menor a 1.000 UF. - Superficie menor a 140 m2 y avalúo fiscal menor a 2.000 UF. - Que la vivienda tenga un subsidio del 27F. Para microempresas: Superficie menor a 250 m2. Para equipamiento social: Superficie menor a 90 m2 y avalúo fiscal menor a 1.000 UF. Ley del mono: Beneficios Al tratarse de un trámite simplificado, tiene menos exigencias que otros trámites de regularización. La ley del mono entrega permiso y recepción a la vez, por lo que NO es necesario realizar trámite de recepción final de la propiedad. Además, los derechos municipales son menores y, en algunos casos, está exento de pago. Ley del mono: ¿Dónde se realiza el trámite? En la dirección de obras municipales (DOM) de la propiedad. Ley del mono: ¿Qué documentos se necesitan? - Declaración simple que indique que eres el propietario. - Plano de emplazamiento a escala 1:500 y un plano a escala 1:50. - Informe del arquitecto o profesional competente, que certifique que la edificación cumple con las normas de la LGUC. - Certificado de avalúo otorgado por el Servicio de Impuestos Internos (SII). Ley del mono: ¿Cuánto cuesta el trámite? Solo se pagan los derechos municipales, con descuentos según el avalúo fiscal: - Avalúo fiscal menor a 400 UF: descuento del 75%. - Avalúo fiscal entre 400 y 1.000 UF: descuento del 50%. - Avalúo fiscal mayor a 1.000 UF: sin descuento. Además, si el propietario es mayor a 65 años o alguno de los residentes está inscrito en el Registro Nacional de la Discapacidad, la regularización queda libre del pago de derechos municipales. Formularios: Se proporcionan formularios para viviendas de hasta 90 m2 (avalúo fiscal menor a 1.000 UF) y para viviendas de hasta 140 m2 (avalúo fiscal menor a 2.000 UF).

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Fecha: 2025-02-25 | Autor: Fegi

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